Articulo 21 Estatuto de l...Valenciana

Articulo 21 Estatuto de las personas consumidoras y usuarias de C. Valenciana

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Artículo 21. Promoción del derecho a la reparación de daños

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Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana adoptarán aquellas medidas que favorezcan y promuevan la indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos por los consumidores, incluyendo entre ellas los procedimientos voluntarios de resolución de conflictos.