Articulo 21 estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental
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»Artículo 21. Suspensión de servicios comunes
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1. La persona titular de la dirección del Plan Camgal decidirá sobre la necesidad de la suspensión de los servicios comunes programados para el personal de las unidades adscritas al Plan y decidirá la movilización de los medios anticontaminación.
2. La persona titular de la presidencia del Plan Camgal autorizará la suspensión de los servicios comunes de las unidades de su consellería y solicitará a las personas titulares de las consellerías con responsabilidades en el Plan Camgal la suspensión de los servicios programados y ordinarios de su personal, que estará a disposición de la lucha contra la contaminación marina.

