Articulo 21 Estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental -Derogado-
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»Artículo 21. Suspensión de servicios ordinarios
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1. El/la director/a del Plan Camgal decidirá sobre la necesidad de la suspensión de los servicios ordinarios programados para el personal de las unidades adscritas al Plan y decidirá la movilización de los medios anticontaminación.
2. El/la presidente/a del Plan Camgal autorizará la suspensión de los servicios ordinarios de las unidades de su consellería y solicitará a los/a las titulares de las consellerías con responsabilidades en el Plan la suspensión de los servicios programados y ordinarios de su personal, que estará a disposición de la lucha contra la contaminación marina.
