Artículo 21 Función Pública de C. La Mancha
- Norma derogada, con efectos de 22 de septiembre de 2011, excepto los arts. 10, 11, 19.1, 19.2 y 20, que mantendrán su vigencia con rango reglamentario hasta que entren vigor las normas de desarrollo de la Ley 4/2011, de 10 de marzo.
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»Artículo 21.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (21 (se deroga)) por Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. [2011/4277]
(CM de 22-03-2011) en vigor desde 22-09-2011 - Modificación realizada (21) por Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.
(CM de 28-07-2010) en vigor desde 17-08-2010 - Modificación realizada (21) por Ley 15/2007, de 20-12-2007, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de CastiIla-La Mancha para el año 2008.
(CM de 31-12-2007) en vigor desde 01-01-2008 - Artículo modificado (21 (se añade)) por Ley 18/2002, de 24-10-2002, por la que se modifica la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Comunidades de CastiIla-La Mancha.
(CM de 15-11-2002) en vigor desde 16-11-2002
