Articulo 21 Gestión de estiércoles y procedimientos de acreditación y control
Artículo 21. Sobre la declaración anual de producción y gestión de estiércoles
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1. La declaración anual de producción y gestión de estiércoles incluirá información de la cantidad y contenido en nitrógeno, fósforo y potasio de los estiércoles producidos que se presentará desglosada entre los estiércoles gestionados en régimen de autogestión y los estiércoles cuya gestión haya sido encargada a los centros de gestión, que deberá acreditarse mediante documentos de aceptación.
2. En el caso de los centros gestores de estiércoles, la declaración anual de producción y gestión identificará el NIMA de los productores que las entregaron.
3. La declaración anual de producción y gestión de estiércoles se presentará exclusivamente por vía electrónica a través de la aplicación web AGSTI, accesible en la url https://aplicaciones.aragon.es/agsti_pub/login
4. Los centros gestores de estiércoles presentarán la declaración anual de producción y gestión de estiércoles en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de octubre del año siguiente al que se refieran.
5. Las personas titulares de las explotaciones ganaderas sujetas a la obligación de presentar la declaración anual de producción y gestión de estiércoles deberán cumplimentar esta actuación en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de octubre del año siguiente al que se refieran.
6. En la orden anual de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común o mediante el procedimiento que se regule conforme a la disposición final primera podrán determinarse plazos diferentes a los previstos en los apartados 4 y 5 para la presentación de la declaración anual de producción y gestión de estiércoles.
- Modificación realizada (21 (apdos. 3, 4 y 5, se modifican; apdo. 6, se añade)) por DECRETO 123/2025, de 29 de octubre, del Gobierno de Aragón, que modifica el Decreto 53/2019, de 26 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control.
(AR de 06-11-2025) en vigor desde 07-11-2025 - Artículo modificado (21 (apdos. 4 y 5, se amplían plazos)) por ORDEN AGM/463/2020, de 11 de junio, por la que se adaptan los plazos fijados en el Decreto 53/2019, de 26 de marzo, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control, para el año 2020.
(AR de 17-06-2020) en vigor desde 17-06-2020
