Articulo 21 Junta de Contratación Pública y procedimientos y registros a su cargo
Ver Indice
»Artículo 21. Objeto del Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Foral de Navarra, como elemento auxiliar de la contratación pública establecido bajo la dependencia de la Secretaría de la Junta de Contratación Pública, recogerá la inscripción voluntaria de las sociedades mercantiles, las cooperativas y las sociedades laborales que tengan interés en concurrir a licitaciones convocadas por las entidades sujetas a la Ley Foral de Contratos Públicos a fin de acreditar su personalidad y representación ante las entidades licitadoras sujetas a la Ley Foral de Contratos Públicos.
