Articulo 21 Medidas 2004 Administrativas y Fiscales
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»Artículo 21. Tasas aplicables por la Consejería Cultura, Turismo y Deporte.
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Dentro de la 2 Tasa por Ordenación del Sector Turístico de las aplicables por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de la Ley 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional de Cantabria, se suprime la Tarifa 4.d, Entrega hojas de reclamaciones (juego tres ejemplares), pasando la tarifa 4.e a ser la 4.d.
