Articulo 21 Medidas Financieras y Administrativas 2012 C. León
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»Artículo 21. Contratos mercantiles y de alta dirección en el sector público autonómico.
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Los contratos mercantiles y de alta dirección, en el ámbito de las entidades previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León, estarán sometidos a las limitaciones indemnizatorias previstas en la disposición adicional octava del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
Las retribuciones previstas en los referidos contratos estarán sometidas a los criterios que se acuerden por la Junta de Castilla y León, a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de política presupuestaria.
