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Articulo 21 Medidas urgentes en materia de incendios forestales de 2005 en Guadalajara

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Artículo 21. Constitución y funcionamiento excepcional del Comité Permanente de la Comisión interministerial.

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El Comité Permanente de la Comisión interministerial de coordinación para la prevención y lucha contra los incendios forestales se constituirá en el plazo de 24 horas desde la entrada en vigor de este real decretoley y se mantendrá operativo de modo continuado hasta el 1 de noviembre de 2005.