Articulo 21 Modificación de diversas leyes de Euskadi para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior
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Se adiciona una nueva letra h) al apartado 2.3 del artículo 27, «Infracciones leves», de la Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi, que queda redactada del modo siguiente:
«h) Que los museos y colecciones sujetos a esta ley no comuniquen, con carácter previo, al departamento competente en materia de cultura del Gobierno Vasco la disolución del museo o colección».
