Articulo 21 Modificación de la Ley 11/2003, sobre el estatuto de las personas con discapacidad
Ver Indice
»Artículo 21
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se añade un capítulo y artículo nuevo al título II de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat, sobre el estatuto de las personas con discapacidad, con la redacción siguiente:
CapítuloIX
De la participación en la vida política y pública
Artículo 70 bis. Garantíasde la participación en la vida política y ciudadana
La conselleria u organismo de la Generalitat competente en materia de participación ciudadana promoverán activamente un entorno en el que las personas con diversidad funcional o discapacidad puedan participar plena y efectivamente en la toma de decisiones de los asuntos públicos, sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás y, asimismo, fomentará su participación.
