Articulo 21 Mossos d´Esquadra
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»Artículo 21.
Vigente
1. Los sistemas de selección garantizarán en cualquier caso el cumplimiento de los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.
2. Las pruebas selectivas para ingresar en las escalas y categorías del Cuerpo de «Mossos d´Esquadra» son de carácter teórico-práctico y pueden incluir pruebas de capacidad física, psicotécnicas, médicas y de conocimiento, que se fijarán en las bases de la convocatoria.
3. Las convocatorias de promoción interna a las categorías de cabo, sargento, subinspector o subinspectora, inspector o inspectora e intendente o intendenta pueden prever mecanismos para optar a las plazas según los criterios territoriales y de especialidad que se determinen por acuerdo del Gobierno.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.
(DOGC de 31-12-2021) en vigor desde 01-01-2022