Articulo 21 Organización ... Andalucía

Articulo 21 Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía

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Artículo 21.

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1. La persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas es elegida por el Pleno de esta de entre sus miembros y nombrada por el Presidente de la Junta de Andalucía.

2. El mandato de la persona titular de la Presidencia es de tres años, pudiendo ser reelegida.