Articulo 21 Organización Institucional, Gobierno y Administración
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»Artículo 21. Nombramiento.
Vigente
El acuerdo de nombramiento del Diputado o Diputada General será firmado por el Presidente o Presidenta de las Juntas Generales y publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el Boletín Oficial del País Vasco.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2005 en vigor desde 09-08-2005