Articulo 21 Patrimonio histórico de I. Balears
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»Artículo 21. Carácter público del Catálogo Insular del Patrimonio Histórico.
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Los datos del Catálogo Insular del Patrimonio Histórico serán públicos, salvo las informaciones que es necesario proteger por razón de seguridad de los bienes o de sus titulares, de la intimidad las personas y de los secretos comerciales o científicos protegidos por la Ley.
