Articulo 21 periodicos Prórroga y modificación de medidas para la contención de la pandemia de COVID
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»-21 Informes periódicos y duración
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Se tienen que emitir informes periódicos de los efectos de las medidas.
La duración de las medidas previstas en la presente Resolución se establece hasta las 00.00 horas del día 23 de noviembre de 2020. (NOTA: Se prorrogan las medidas previstas durante 14 días)
Modificaciones
- Artículo modificado (21 (se prorroga)) por RESOLUCIÓN SLT/2983/2020, de 21 de noviembre, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
(GC de 21-11-2020) en vigor desde 23-11-2020
