Articulo 21 periodicos Prórroga Nov y modificación de medidas para la contención de la COVID
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»-21 Informes periódicos y duración
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Se tienen que emitir informes periódicos de los efectos de las medidas.
La duración de las medidas previstas en la presente Resolución se establece en 14 días. (NOTA: Se prorrogan las medidas previstas por otros 14 días)
Modificaciones
- Artículo modificado (21 (se prorroga)) por RESOLUCIÓN SLT/3177/2020, de 4 de diciembre, por la que se prorrogan las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Cataluña.
(GC de 05-12-2020) en vigor desde 07-12-2020
