Articulo 21 Prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, cálculo de la capacidad económica y medidas de apoyo a personas cuidadoras no profesionales -Vigente-
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»Artículo 21. Acreditación de las condiciones de acceso a la prestación.
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Las condiciones de acceso a la prestación se acreditarán mediante declaración responsable formulada en la solicitud, mediante el informe social y mediante la información contenida en el documento nacional de identidad o, en su caso, tarjeta de identificación de extranjeros.
Cuando lo considere necesario, la Administración podrá exigir a los interesados que aporten documentación complementaria que acredite el cumplimiento de los requisitos indicados en los artículos anteriores.
Modificaciones
- Artículo modificado (21) por ORDEN FAM/1115/2023, de 15 de septiembre, por la que se modifica la Orden FAM/6/2018, de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.
(CL de 22-09-2023) en vigor desde 23-09-2023
