Articulo 21 Presupuestos 2008 Rioja

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Artículo 21. Competencias de los titulares de las Consejerías.

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1. Los titulares de las Consejerías podrán autorizar, previo informe favorable de la Intervención competente y de la Dirección General de Planificación y Presupuestos, las siguientes modificaciones presupuestarias:

  1. Transferencias entre créditos de un mismo programa o entre programas de un mismo servicio presupuestario, incluso con la creación de créditos nuevos en el caso de los destinados a compra de bienes y servicios o inversiones reales, siempre que se encuentren previamente contemplados en los códigos que definen la clasificación económica y no se incrementen los créditos de personal o los recogidos en los proyectos o subproyectos vinculantes.

  2. Generaciones de crédito en el supuesto contemplado en la letra f del apartado 1 del artículo 13 de esta Ley, aun cuando los ingresos se hubieran realizado en el último trimestre del año anterior.

  3. Las generaciones de crédito que se deriven de fondos europeos en materia agraria.

2. Los Presidentes de los órganos de la Comunidad Autónoma de La Rioja con secciones diferenciadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, tendrán las competencias establecidas en este artículo en relación con las modificaciones presupuestarias del presupuesto de gastos respectivo, sin perjuicio del principio de autonomía presupuestaria del Parlamento. En el caso de los Presidentes de los Órganos Estatutarios no será de aplicación la limitación contenida en el párrafo a del apartado anterior respecto del incremento de los gastos de personal.

3. Los Presidentes, Gerentes u órganos de los organismos autónomos no recogidos en el apartado anterior ejercerán, referidas a sus respectivos presupuestos, las competencias relativas a las generaciones contenidas en las letras b, d, e y f del apartado 1 del artículo 13 de esta Ley, así como las establecidas en este artículo a favor de los Consejeros, quienes podrán avocarlas en todo o en parte. Los acuerdos de avocación serán comunicados a la Dirección General de Planificación y Presupuestos.