Articulo 21 Presupuestos 2010 C. Valenciana
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»Artículo 21. Instrumentación y ejecución de las modificaciones presupuestarias
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1. Todas las modificaciones presupuestarias serán informadas por las Intervenciones Delegadas y, en su caso, por la Intervención General.
2. La ejecución de las modificaciones presupuestarias corresponderá, en todo caso, a la conselleria que tenga asignadas competencias en materia de hacienda.
