Articulo 21 Presupuestos 2012 Navarra

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Artículo 21. Gestión del Programa de Gratuidad de Libros de Texto escolares.

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Entre las partidas presupuestarias destinadas a financiar el Programa de Gratuidad de libros de texto escolares o aquellas que fuera necesario habilitar para su adecuada ejecución, podrán realizarse movimientos de fondos, no estando sujetos a las limitaciones establecidas en los artículos 38 y 44 a 50 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra.

La competencia para autorizar los mencionados movimientos de fondos corresponderá al Director General de Recursos Educativos del Departamento de Educación.