Articulo 21 Protección general de las personas consumidoras y usuarias
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Artículo 21. Red de Alerta Gallega de Productos de Consumo.

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Se crea la Red de Alerta Gallega de Productos de Consumo, adscrita a la autoridad autonómica competente en materia de consumo, como estructura de coordinación, intercambio rápido de información y reacción ante situaciones de riesgo para la salud o seguridad de los consumidores.

La estructura y funcionamiento de la Red de Alerta Gallega de Productos de Consumo se desarrollará reglamentariamente mediante decreto del Consello de la Xunta que regule un sistema de respuesta rápida ante situaciones de riesgo que no admitan demora en la actuación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-04-2012 en vigor desde 01-05-2012