Articulo 21 Recuperación de la memoria democrática de Asturias
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»Artículo 21. Coparticipación en las medidas de reparación y reconocimientos.
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La Administración y los poderes públicos del Principado de Asturias impulsarán las acciones necesarias para hacer copartícipes de las medidas de reconocimiento y reparación a las organizaciones empresariales, sociales, religiosas y de cualquier otra naturaleza que utilizaron los trabajos forzados en su beneficio y/o sufrieron cualquier tipo de represión en el período histórico al que se aplica la presente ley.
