Articulo 21 Régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas
- Téngase en cuenta sobre medidas en materia de becas y ayudas para el curso 2022-2023 lo establecido en el título IV del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2022-12925 - Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad economica en el ambito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, asi como de medidas de ahorro, eficiencia energetica y de reduccion de la dependencia energetica del gas natural.
Artículo 21. Obtención de la beca en caso de cambio de estudios.
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Copiloto jurídico
1. En el caso de cambio de estudios cursados total o parcialmente con condición de becario, no podrá obtenerse ninguna beca mientras dicho cambio entrañe pérdida de uno o más años en el proceso educativo. Se considerará que no concurre tal pérdida únicamente cuando el paso a otro nivel o grado de enseñanza esté previsto en la legislación vigente como una continuación posible de los estudios realizados anteriormente.
2. En el supuesto de cambio de estudios cursados totalmente sin condición de becario, se considerará a estos efectos como rendimiento académico que debe cumplir el solicitante para obtener beca en los nuevos estudios, el requisito académico que hubiera debido obtener en el último curso de los estudios abandonados.
