Articulo 21 Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento
Articulo 21 Reglamento de...lojamiento

Articulo 21 Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 21. Zona de servicios y mantenimiento.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La zona de servicios y mantenimiento está formada por los espacios del establecimiento en el que se desarrollan las actividades necesarias para el funcionamiento y mantenimiento del mismo, tales como la cocina, los almacenes, cuartos de limpieza, cuartos de residuos, vestuarios de personal o cuarto de máquinas e instalaciones. Estas dependencias deben estar en condiciones adecuadas de limpieza, calidad y servicio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-10-2010 en vigor desde 16-10-2010