Articulo 21 Reglamento Ge...ción Civil

Articulo 21 Reglamento General de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil

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Artículo 21. Uso del distintivo.

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Utilizarán el distintivo del voluntariado de protección civil, en el cumplimiento de las funciones de protección civil que le sean propias, las Agrupaciones y sus miembros.