Articulo 21 Reglamento de...rdia Civil

Articulo 21 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil

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Artículo 21. Requisitos específicos de edad.

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Para participar en los siguientes procesos selectivos no se deberán superar las siguientes edades máximas:

a) Para incorporarse a la escala de oficiales:

1.º Ingreso por acceso directo: Se regirá por lo establecido en la normativa específica para el personal de las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales de las Fuerzas Armadas.

2.º Ingreso por promoción profesional: Cincuenta años.

3.º Ingreso por promoción profesional: cincuenta años.

b) Para incorporarse a la escala de suboficiales por promoción profesional: cincuenta años.

c) Para incorporarse a la escala de cabos y guardias por acceso directo: cuarenta años.