Artículo 21 se regulan lo...xtremadura

Artículo 21 se regulan los campamentos de turismo o campings, las zonas de acampada de titularidad pública, las áreas de autocaravanas y los establecimientos singulares en la Comunidad Autónoma de Extremadura

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Artículo 21. Modificación de los datos de la declaración responsable.

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1. El cambio de titularidad, cierre temporal de la empresa turística, o cualquier otra modificación de los datos facilitados en la declaración responsable deberá ponerse en conocimiento del órgano competente en materia de turismo en el plazo de un mes desde que dicha modificación se produzca, presentando al efecto el modelo de declaración responsable que se incluye como anexo III.

2. Cuando se produzca un cambio de titularidad, la declaración responsable la presentará el nuevo titular, indicando sus datos identificativos en los mismos términos de lo recogido en el artículo 18.

3. Presentada la declaración responsable de modificación, el órgano competente en materia de turismo procederá a la inscripción de oficio de los nuevos datos en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura.

4. En caso de alteración de los datos que sirvieron de base para la inscripción, apreciada por el órgano competente, se procederá de oficio a la modificación de los mismos en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura, en los términos establecidos en el artículo 10 del Decreto 205/2012, de 15 de octubre, por el que se regula el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Extremadura o normativa que le sustituya.