Artículo 21 Se regulan las entidades de certificación de conformidad municipal en la Comunidad Autónoma de Galicia y su registro
Ver Indice
»Artículo 21. Efectos de la inscripción
Vigente
La inscripción en el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia habilitará a la ECCOM para ejercer sus funciones desde la fecha en la que aquélla se produzca.

