Artículo 21 ter Del Presidente y del Gobierno
Ver Indice
»Artículo 21 ter.- Información del Gobierno en funciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Tras la celebración de las elecciones autonómicas, el candidato a la Presidencia propuesto por el Presidente de las Cortes de Aragón, y a través de éste, podrá solicitar al Gobierno en funciones:
a) El orden del día de las reuniones del Gobierno que se vayan a celebrar, que deberá ser puesto en conocimiento, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación a su celebración.
b) Las actas de las reuniones celebradas, que deberán ser puestas en conocimiento, como máximo, en el plazo de veinticuatro horas desde su celebración.
Modificaciones
- Artículo modificado (21 ter (se añade)) por LEY 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Públicas.
(AR de 16-06-2017) en vigor desde 06-07-2017
