Articulo 21 Texto único de la Ley del deporte
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»Artículo 21
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1 Las federaciones deportivas catalanas deberán estar constituidas de acuerdo con los principios de representación democrática de los miembros que las integren.
2 Las federaciones deportivas catalanas deberán dirigir y regular las actividades propias de sus modalidades deportivas desarrolladas en Cataluña en coordinación con la Administración deportiva de la Generalidad de Cataluña.
