Articulo 210 TR de la Ley...a Mercante

Articulo 210 TR. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante

Ver Indice
»

Artículo 210. Cuantía básica.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El valor de la cuantía básica de la tasa del pasaje (P) se establece para todas las Autoridades Portuarias en 3,23 €. El valor podrá ser revisado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en otra que, en su caso, se apruebe a estos efectos en función de la evolución de los costes portuarios, logísticos y del transporte, así como de los productos transportados, tomando en consideración las necesidades asociadas a la competitividad del nodo portuario y de la economía.

Modificaciones