Articulo 211 TR de la Ley... Urbanismo

Articulo 211 TR. de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Ver Indice
»

Artículo 211. Sujeción a otros regímenes.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Lo dispuesto en esta Sección se entenderá sin perjuicio de la imposición de las sanciones que procedan y de las facultades que correspondan a las autoridades competentes, en virtud del régimen específico de autorización o concesión a que estén sometidos determinados actos de edificación y uso del suelo.