Articulo 21115 Código de consumo
Artículo 211-15. Derecho de desistimiento
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1. Si el empresario o empresaria ofrece el derecho de desistimiento o una disposición establece que debe ofrecerse de acuerdo con la modalidad de contratación, el empresario o empresaria debe informar a la persona consumidora, tanto en las invitaciones a comprar como en el documento contractual, de los siguientes aspectos:
a) El período durante el cual la persona consumidora puede ejercer el derecho de desistimiento.
b) Las condiciones del ejercicio del derecho de desistimiento.
c) La cuantía y la forma de pago de los gastos de devolución, si existen.
d) Las modalidades de restitución del bien o servicio recibido.
2. En los casos en que las leyes otorguen el derecho de desistimiento a la persona consumidora, en el documento de desistimiento deben constar, al menos, los siguientes datos:
a) Su identificación como documento de desistimiento.
b) El nombre y la dirección del destinatario o destinataria.
c) Los datos identificativos del contrato y de los contratantes.
3. El derecho de desistimiento atribuido legalmente a la persona consumidora se rige, en primer lugar, por las disposiciones legales específicas de cada supuesto y, en su defecto, por lo establecido por el presente artículo.
4. Las formalidades, los plazos y las consecuencias del derecho de desistimiento son los establecidos por la legislación en esta materia.
