Artículo 212 Tasas y Prec... de C León

Artículo 212 Tasas y Precios Públicos de C. León

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Artículo 212. Cuotas.

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La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:

1. Por inscripción y, en su caso, acreditación:

a) Por presentación de la solicitud: 180 euros.

b) Por cada especialidad contenida en la solicitud: 30 euros.

2. Por modificación de la inscripción y, en su caso, acreditación: Por presentación de la solicitud: 180 euros.