Articulo 213 Contratos Públicos

Articulo 213 Contratos Públicos

Ver Indice
»

Artículo 213. Falta de entrega de contraprestaciones económicas y medios auxiliares.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Si la Administración no hiciere efectiva al contratista la contraprestación económica o no entregare los medios auxiliares a que se obligó en el contrato dentro de los plazos previstos en el mismo y no procediese la resolución del contrato, este tendrá derecho al interés de demora de las cantidades o valores económicos adeudados, de conformidad con lo establecido en esta ley foral.