Articulo 214 por el que s...lla y León

Articulo 214 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León

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Artículo 214.

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El plan de resinación se elaborará por tranzones resineros, o subtramos, y por rodales; se resumirá por tramos, grupos y para el cuartel consignándose, para cada período resinero, el número de pies a resinar a vida, con indicación de los pies cerrados y de los ya resinados señalando el número de caras abiertas. Si procede se consignarán también el número de pies a resinar a muerte. Deberá estimarse una producción anual en kilogramos de miera por pie y por hectárea. Para ello podrán utilizarse datos históricos del propio monte o de otros próximos. En su defecto se emplearán las producciones medias comarcales.

c. Plan de descorche.