Articulo 2152 TR Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos
Articulo 2152 TR Disposic...os cedidos

Articulo 2152 TR. Disposiciones dictadas en materia de tributos cedidos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 215-2.- Tramitación de las propuestas de liquidación con acuerdo.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Cuando de los datos y antecedentes obtenidos en las actuaciones de comprobación limitada, la unidad gestora entienda que pudiera proceder la conclusión de un acuerdo por concurrir el supuesto señalado en el artículo anterior, lo pondrá en conocimiento del obligado tributario. Tras esta comunicación, el obligado tributario podrá formular una propuesta con el fin de alcanzar un acuerdo.

2. Una vez desarrolladas las oportunas actuaciones para fijar los posibles términos del acuerdo, la unidad gestora solicitará la correspondiente autorización para la suscripción de la propuesta de liquidación con acuerdo del órgano competente para liquidar.

3. Una vez firmado el acuerdo, se entenderá dictada y notificada la liquidación de acuerdo con la propuesta formulada en el mismo si, transcurrido el plazo de 10 días contados a partir del día siguiente al de la fecha del acuerdo, no se ha notificado al obligado tributario una liquidación del órgano competente para rectificar, en su caso, los errores materiales que pudiera contener el acuerdo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-10-2005 en vigor desde 29-10-2005