Artículo 216 medidas 2025 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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Se modifica la letra d del apartado 3 del artículo 39 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, quedando redactada como sigue:
«3. En los planes especiales de protección y sus modificaciones, referidos a entornos de monumentos, jardines históricos y, en su caso, de espacios etnológicos se tendrá en cuenta lo siguiente:
[…]
d) El Plan establecerá con precisión, en desarrollo de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 35, aquellas intervenciones que por su ámbito de incidencia o por su trascendencia patrimonial requerirán de la previa autorización de la Conselleria competente en materia de cultura.
[…]»
