Articulo 218 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
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»Artículo 218. Convenios y contratos-programa.
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La aprobación de la programación plurianual faculta al Rector para formalizar los convenios y contratos-programa encaminados a su cumplimiento, de los que deberá darse cuenta al Consejo de Gobierno y al Consejo Social.
