Artículo 219 bis Haciendas Locales
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»Artículo 219 bis.
Vigente
Todas las modificaciones de créditos presupuestarios necesariamente tendrán que ser informadas por quien ejerza las funciones de intervención.
Modificaciones
- Modificación realizada (219 bis (se añade)) por LEY FORAL 11/2004, de 29 de octubre, para la actualización del régimen local de Navarra.
(BON de 05-11-2004) en vigor desde 25-11-2004 - Texto Original. Publicado el 20-03-1995 en vigor desde 25-11-2004