Articulo 219 duodecies Re... Urbanismo

Articulo 219 duodecies Reglamento de la Ley de Urbanismo

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Artículo 219 duodecies. Momento de efectividad del derecho de realojamiento .

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Una vez firme en vía administrativa el proyecto de reparcelación se tiene que poner a disposición de los titulares del derecho de realojamiento la vivienda de sustitución o la vivienda de alojamiento transitorio. El titular del derecho de realojamiento tiene el plazo de un mes para trasladarse a la vivienda de sustitución desde que el obligado le ponga a disposición, transcurrido el cual tiene que entregar la posesión material de la vivienda afectada.