Articulo 219 TR Ley del Suelo

Articulo 219 TR. Ley del Suelo

Ver Indice
»

Artículo 219.- Comunicación de licencias a la Comunidad Autónoma.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


La concesión de licencia de obra mayor deberá comunicarse en el plazo de quince días a la Dirección General competente en materia de urbanismo, a efectos de lo dispuesto en la legislación de régimen local. La comunicación deberá adjuntar al acuerdo municipal, el plano de situación sobre planeamiento vigente y condiciones de uso y aprovechamiento de la licencia concedida.