Articulo 22 62 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 22. 6-2. Sujeto pasivo.
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1. Son sujetos pasivos contribuyentes de la tasa por las actuaciones y los servicios del Servicio Catalán de Tráfico las personas físicas o jurídicas en interés de las cuales se hacen las actividades administrativas o la prestación de los servicios que constituyen el hecho imponible.
2. Son sujetos pasivos sustitutos del contribuyente o la contribuyente las personas físicas o jurídicas que solicitan las actuaciones administrativas o los servicios si se tienen que hacer a favor de personas diferentes de quien lo solicita.
