Articulo 22.7-1 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 22.7-1. Hecho imponible
Vigente
Constituye el hecho imponible de la tasa la emisión de informes preceptivos para la homologación de los planes de autoprotección de las actividades y centros de interés para la protección civil de Cataluña, que son las que determina el anexo IA del Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas.
Modificaciones
- Artículo modificado (se añade) por Ley 11/2026, de 9 de julio, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público (GC de 13-07-2026) en vigor desde 14-07-2026

