Articulo 22 Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Cantabria
Ver Indice
»Artículo 22. Compatibilidad con otros ingresos tributarios.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El canon del agua residual es compatible con los tributos previstos en la legislación estatal de aguas y costas y con los que establezcan los municipios por la prestación del servicio de saneamiento municipal.
