Articulo 22 Acción exterior y de relaciones con la Unión Europea
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»Artículo 22. Desarrollo y aplicación del derecho de la Unión Europea
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La Generalidad aplica y ejecuta el derecho de la Unión Europea en el ámbito de sus competencias.
La existencia de una regulación europea no modifica la distribución interna de competencias que establecen la Constitución y el Estatuto.
