Articulo 22 Acogimiento familiar en Euskadi
Ver Indice
»Artículo 22. Propuesta de resolución del procedimiento.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Realizado el trámite de audiencia, el órgano colegiado de valoración previsto en el artículo 5 del presente Decreto, a la vista del informe elaborado por el equipo técnico profesional responsable del proceso de valoración de la adecuación, de los documentos que consten en el expediente a fin de acreditar los requisitos exigidos en este Decreto, y de las alegaciones o aportaciones realizadas por las personas interesadas durante toda la tramitación del procedimiento, y, en particular, en el trámite de audiencia, emitirá la propuesta de resolución sobre la adecuación de las personas que se ofrecen para el acogimiento familiar, en el sentido de declarar o no la misma.
