Articulo 22 Actividad fís... de Aragón

Articulo 22 Actividad física y deporte de Aragón

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Artículo 22. Calificación de las competiciones y actividades deportivas oficiales.

Vigente

Los criterios para la calificación de las actividades y competiciones deportivas de carácter oficial serán establecidos en esta ley, en sus disposiciones de desarrollo y, en su caso, en las normas estatutarias de las federaciones deportivas aragonesas. Se tendrá en cuenta para ello, de manera determinante, la posibilidad de valoración, reconocimiento de validez u homologación de los resultados en el ámbito estatal o internacional.