Artículo 22 se aprueba el Reglamento de la Ley de Cooperativas de Euskadi
Ver Indice
»Artículo 22. De los expedientes sancionadores.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los expedientes sancionadores referidos a personas socias trabajadoras se incoarán y tramitarán con arreglo al régimen sancionador sociolaboral o, en su caso, al societario, en función de cuál de ambos contenga la normativa aplicar en atención a la naturaleza de la infracción.
