Artículo 22 se aprueba el...de Euskadi

Artículo 22 se aprueba el Reglamento de la Ley de Cooperativas de Euskadi

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Artículo 22. De los expedientes sancionadores.

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Los expedientes sancionadores referidos a personas socias trabajadoras se incoarán y tramitarán con arreglo al régimen sancionador sociolaboral o, en su caso, al societario, en función de cuál de ambos contenga la normativa aplicar en atención a la naturaleza de la infracción.